Llama para alquilar un piso turístico en Vigo y engaña a la dueña para que le ingrese 300 euros

El hombre desplegó una "artimaña" para que la propietaria le acabase transfiriendo el importe de la fianza que le solicitaba

Anuncio de un piso turístico en una página web

Anuncio de un piso turístico en una página web / Iñaki Osorio

Una forma indirecta de corroborar el auge de los pisos turísticos en Vigo es la llegada a los juzgados de la ciudad de pleitos con este tipo de apartamentos como escenario. Si hace unas semanas, el caso giraba en torno a una disputa entre los propietarios de la vivienda, ahora aparece una nueva sentencia relacionada con una peculiar estafa. Se han visto bastantes ejemplos de clientes timados por ofertas que resultaron falsas, pero no tanto a los usuarios engañando a los dueños.

Todo comenzó cuando la propietaria puso un anuncio para el alquiler turístico de su piso. Recibió una llamada de un hombre interesado, al que le indicó que debía transferirle un 30 por ciento del importe en concepto de garantía, esto es, 300 euros.

Sin embargo, el presunto cliente desplegó una "artimaña" para darle la vuelta a la situación. No se trató de una sofisticada técnica de phishing, como la sufrida por un vigués que recientemente vio negadas sus esperanzas de recuperar los 5.800 euros que le estafaron, sino que todo se basó en su capacidad para confundir a su interlocutora. El hombre fue dándole instrucciones a la propietaria para poder cobrar ese importe a través de internet, pero lo que ocurrió es que los 300 euros viajaron desde la cuenta de la mujer a la suya.

El Juzgado de Instrucción n.º 3 de Vigo condenó al supuesto cliente por un delito leve de estafa y le impuso una multa de 240 euros, además de una indemnización de 300 euros para la estafada y las costas procesales.

"Se negó a contestar"

El condenado no se conformó y recurrió la sentencia, pero la Sección Quinta de la Audiencia Provincial, con sede en Vigo, confirmó todos sus extremos. La defensa reclamaba la nulidad del juicio y su repetición por "haber infringido su derecho a la citación" para el juicio y no haberle dado "copia sucinta del contenido de lo actuado". Los magistrados rechazan este argumento y aseguran que se le citó de manera correcta y que añadió una copia de la denuncia, por lo que "no podía desconocer los motivos" por los que estaba llamado a comparecer.

Una segunda vía que probó el acusado fue la de reclamar la libre absolución por falta de prueba. La Audiencia, sin embargo, considera "evidente" lo sucedido, ya que el testimonio de la denunciante se ve corroborado por la prueba documental sobre la titularidad del teléfono desde el que se realizó la llamada y por la "inmediatez" entre la conversación telefónica y la retirada de la cuenta de los 300 euros. Estos hechos no se contradijeron por el acusado, que "se negó a contestar" en la vista. La sentencia ya es firme, puesto que no cabía recurso.